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¿DESCONOCIMIENTO O PREMEDITACIÓN?

LICITACIÓN PÚBLICA DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y GESTIÓN DEL DEPÓSITO DE PERROS ABANDONADOS EN EL CONCEJO DE LANGREO. UN ANÁLISIS.


El 24 de marzo se publicaba en la plataforma de contratación del estado el anuncio de licitación pública del servicio de  Recogida y depósito de perros errantes o abandonados en el municipio y la gestión del centro de depósito de perros del Ayuntamiento de Langreo.

En el anuncio de licitación explicitaba el importe máximo a abonar por el Ayuntamiento: 55.000 euros anuales IVA incluido, lo que implica 45.454,4 euros netos, o sea 15.454,54 euros anuales más de los que se destinaron durante los últimos años.

Dejando de lado la cuestión de si este presupuesto es suficiente o no para todo lo que exigen los pliegos del concurso a la futura empresa o entidad adjudicataria, vamos a realizar un breve análisis de las incongruencias y falsedades recogidas en dichos pliegos.

Comenzaremos diciendo que las empresas/entidades que se presenten al concurso lo hacen en una situación de indefensión y les resulta totalmente imposible calcular los ingresos que van a percibir, más allá de esos 45000 y pico euros. Esto es así porque aunque se prevé que el ayuntamiento cobre unas tasas por las adopciones de los perros abandonados, el mismo concepto de tasa (tributo que una persona abona por la utilización de un servicio prestado por la administración), supone que el  ingreso es del Ayuntamiento, no de la adjudicataria.

Se añade a esto que, aunque se pudiera habilitar una formula según la cual dichas tasas fueran posteriormente repercutidas a la adjudicataria, esto no viene recogido en los pliegos, y para mayor confusión, dicho cobro y su cuantía se demora a una futura Ordenanza que se aprobará en fecha no definida.

En conclusión, que las entidades interesadas en que se les adjudique el servicio solo podrán contar con esos exiguos 45.454 euros anuales, o sea algo menos de 3.790 euros al mes para abonar todos los gastos. Y además, deberán devolver el 50% de esa tasa que cobra el ayuntamiento, a los adoptantes que devuelvan al perro, siempre que la causa sea justificada. En resumen, la adopción la cobra el ayuntamiento, pero la devolución la abona la adjudicataria.

Respecto a los criterios de evaluación, solo indica que la oferta económica pesará un 55% en la ponderación final, mientras que el proyecto de gestión pesará un 45%. No se especifica qué criterios se tendrán en cuenta para evaluar el proyecto de gestión, un motivo más de indefensión ya que es totalmente arbitrario y desconocido para los interesados y deja a la administración las manos excesivamente libres, en nuestra opinión, para adjudicarlo a quien considere oportuno, más allá de la bondad y oportunidad del proyecto presentado.

En tercer lugar, los pliegos vulneran la normativa municipal, esto es la Ordenanza municipal de tenencia de animales aprobada para el concejo de Langreo el 22 de diciembre de 2011, que está en vigor, ya que en el artículo 26 de dicha ordenanza considera un perro no está abandonado hasta que transcurren 15 días desde su recogida y traslado al albergue canino municipal, mientras que en los pliegos se cifra dicho plazo en 8 días.

En cuarto lugar, el ayuntamiento estima la recogida anual de perros abandonados entre 40 a 50 perros, cuando son conocedores de que la cifra anual de recogida de perros no ha bajado en los últimos cinco años de 250, tal y como consta en los libros registro del núcleo zoológico. Este dato que pudiera parecer irrelevante más allá de la falta de veracidad de lo informado desde el ayuntamiento, también es motivo de indefensión para las entidades interesadas en la adjudicación, ya que no es lo mismo hacer los cálculos de gastos para 50 perros que para 250, como todo el mundo puede suponer.

Abundando en lo anterior, las entidades interesadas en ser adjudicatarias del servicio tampoco pueden calcular el número de perros que saldrán en adopción, ya que en los pliegos se indica que se desconoce ese dato, faltando también a la veracidad, ya que tanto en las memorias anuales como en el libro registro del núcleo zoológico se recogen el número de salidas y cuántas de ellas son adopciones. Claro está, que si la adjudicataria no va a percibir ingresos por dichas adopciones, el saber cuántos perros va a dar en adopción no incide a la hora de hacer los cálculos necesarios para estudiar la viabilidad del servicio.

También se indica que se entregarán los perros con contrato de adopción “según se recoge en la normativa vigente”, no hemos encontrado ninguna referencia a dicho contrato ni en la Ordenanza municipal ni en la Ley 13/2002 de 23 de diciembre, de tenencia, protección y derechos de los animales. Sin duda, se echa en falta una revisión y una redacción acorde con la normativa vigente, o al menos comprobar aquellos extremos sobre los que se trata en los pliegos.

Para finalizar, se exige a la futura adjudicataria un seguro de responsabilidad civil por importe de 100.000 euros. Aquí entendemos que es de aplicación el RD 287/2002 sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos y la citada Ley 13/2002 del Principado de Asturias, que en lo relativo a perros potencialmente peligrosos recogen la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros causados por este tipo de perros con una cobertura no inferior a 120.000 euros. Habida cuenta que en el depósito de animales de Langreo se recogen y residen varios perros calificados por la normativa como potencialmente peligrosos, no se cumple la normativa con un seguro que solo cubre 100.000 euros por responsabilidad civil. Es más, nuestra duda es de si ese seguro podría cubrir la totalidad de los perros potencialmente peligrosos que residen en la actualidad en el albergue, y los que vendrán, o si la normativa tiene que entenderse como que se necesita un seguro por cada uno de dichos perros. En cualquiera de los dos casos, los pliegos en nuestra opinión vulneran claramente la normativa relativa a la tenencia de perros potencialmente peligrosos, que es de obligado cumplimiento.

En conjunto, al leer el texto nos invade una sensación de desconcierto, de falta de conocimientos, de poca responsabilidad y menos respeto por la ciudadanía; en nuestra opinión, siendo servidores públicos y tratando un asunto tan grave como es la vida y el bienestar de los animales, deberían como mínimo haberse informado bien y leído la normativa y haber hecho cuatro cuentas, de esas que hacemos todos para ver si nos vamos o no de vacaciones y en qué condiciones.

Pero han preferido no hacerlo y obviar la legítima alarma en los que nos preocupamos por los animales, porque nosotros tenemos miedo de lo que va a pasar; porque cumpliendo las condiciones del contrato, a ese precio solo hay una manera de recortar gastos: a menos perros, menos gastos.


Esperamos equivocarnos, pero por desgracia las matemáticas son muy tercas y los duros a cuatro pesetas ya no quedan.




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