Actualmente, la legislación laboral española no contempla la existencia de permisos retribuidos que nos permitan atender la enfermedad o el fallecimiento de una mascota. No me refiero a días de permiso remunerados, si no a tan siquiera la posibilidad de solicitar permisos recuperables por estas causas. Esta ausencia de regulación lo que provoca es que en multitud de casos, ante situaciones de urgencia veterinaria o duelo por la pérdida de un animal de compañía, dependamos de la buena voluntad de las empresas o a todo tipo de triquiñuelas para poder utilizar los días de asuntos propios o vacaciones correspondientes y que suelen requerir de un preaviso cuando no directamente de una planificación. Fuente: Imagen de congerdesign en Pixabay Como sabéis, la aprobación de la Ley de Bienestar Animal en España ha cambiado la consideración de los animales, que tradicionalmente eran considerados "objetos" y ahora ya son "seres sintientes". Esta nueva "categoría...
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